19 de agosto de 2012

El certificado de residencia para volar será obligatorio a partir del 1 de septiembre

A partir del próximo 1 de septiembre las personas residentes en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla que vayan a volar y quieran acceder al descuento de residencia en la tarifa de los billetes tendrán que presentar el certificado de residencia en el aeropuerto.

Los pasajeros deberán solicitar su certificado de residencia en el ayuntamiento de su localidad y el día del vuelo deberán presentarlo en el aeropuerto junto a su DNI o pasaporte. Los pasajeros sólo deberán mostrar el certificado a la compañía aérea, y no entregarlo, por lo que no es necesario solicitar dos certificados para realizar un viaje de ida y vuelta. Cada certificado tendrá una validez de 6 meses a contar a partir de la fecha de expedición del mismo.

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