Estas ayudas, limitadas a quienes vieron dañada su vivienda
principal, no cubren los destrozos provocados en edificaciones e instalaciones
agrícolas y ganaderas, ni en árboles frutales y dotaciones de riego. Asimismo,
se excluyen los daños a cualquier construcción que tenga un uso distinto a la
vivienda habitual, como las segundas residencas.
El plazo es de 10 días naturales a contar a partir del
sábado 21 de diciembre.
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